jueves, 29 de julio de 2010

Objetivo

Queremos que las personas que sientan compasión y admiración por los animales que están en las calles dejen su apoyo y comentarios aportando ideas para poder concretar un gran proyecto que pretende cambiar esta dura realidad en una mejor vida  para estos animalitos que no merecen la crueldad con que algunas ''personas'' los tratan.Es un camino largo, sin duda habrán muchas puertas que golpear pero si conseguimos ser apoyados por ustedes, lo lograremos! Así que inviten a sus amigos, familiares y conocidos a participar!


Si al caminar por las calles tuvieses un segundo para mirar a tu alrededor y apreciar a aquellas criatura que no hablan, pero que sin embargo tienen las mismas necesidades que tu, si pudieses comprender que el mundo no es solo de las personas si no que también de los animales, y destinaras un segundo mas a mirarlo a los ojos y sentir su pena, su dolor y la necesidad de amor y hambre que posee aquel animal, te darías cuenta que no son tan diferentes, que el que tu camines en dos pies, y el en cuatro patas no significa que aquel ser no pueda llevar una vida digna como la tuya!

si destinaras un segundo mas podrías marcar la diferencia ente ser una persona que solo camina por la calle y ser un ser humano que no ignora la presencia de una criatura que podría ser tu mejor amigo!



protección jurídica de los animales:

De acuerdo al estudio realizado por el Consejo de Defensa del Estado: "La finalidad última es reprimir la extroversión de la perversión moral del agente criminal que satisface su insano, morboso y malsano sentimiento de poder y supremacía sobre otro organismo vivo, cuya constitución psicológica y neurológica,de alguna manera similar a la propia del hombre, es dañada y lesionada en forma absurda, inmoral, sin sentido, irracional, lo que repugna a los más elementales principios de piedad y misericordia insertos en la cultura cristiana de nuestra comunidad occidental. Por ese motivo, se considera como objeto de la protección jurídico penal, el resguardo de tales valores espirituales, únicos elementos, tal vez, tan propios de la naturaleza humana que son los distintivos de la especie". (Memorias del CDE p. 534).

Artículo 291* bis del Código Penal

 "El que cometiere actos de maltrato o crueldad con animales, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo y multa de diez ingresos mínimos mensuales mensuales o sólo a esta última".